La medida se dio a conocer a través del Boletín Oficial de este lunes. Los detalles.
El Gobierno de la Nación, anunció a través del Boletín Oficial de este lunes, que decidió extender por tres meses consecutivos el pago del plus salarial de 5 mil pesos para los empleados del sector de la salud. De esta manera, el adicional será abonado también junto a los haberes correspondientes a agosto, septiembre y octubre.
Según se detalló en el Decreto 787/2020, firmado por el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro de Salud, Ginés González García, esta suma “es de carácter no remunerativo, alimentario y no podrá ser pasible de deducciones o retenciones, estando sujeta a las características, alcances y condiciones que se establecen en el Decreto Nº 315 del 26 de marzo de 2020 y sus normas complementarias”.
La norma en cuestión, había fijado un pago extra de 5 mil pesos “a cargo del Estado” para los “profesionales, técnicos y técnicas, auxiliares y ayudantes en relación de dependencia que presten servicios, en forma presencial y efectiva, relacionados con la salud, en instituciones asistenciales del sistema público, privado y de la seguridad social, abocados y abocadas al manejo de casos relacionados con la pandemia de COVID-19”.
También se reiteró que el adicional estaría “sujeta a la efectiva prestación de servicios”, por lo que si durante el período establecido, el empleado no asistió a su lugar de trabajo, total o parcialmente, en forma justificada, la suma a abonar “se ajustará proporcionalmente” al tiempo que estuvo en actividad, “con excepción de los casos afectados por COVID-19 conforme los protocolos vigentes, que recibirán la asignación completa”.
¿Cómo se abonará el beneficio? “Identificando a los trabajadores y trabajadoras por número de CUIL, conforme las declaraciones juradas de cada representante legal”. Para ello, las instituciones de salud pública y privada de todo el país “deberán confeccionar un listado” del personal a su disposición que cumpla con las condiciones previstas en este Decreto, “indicando el monto en cada caso que les corresponde percibir”. Estas datos podrán ser luego verificados por la AFIP.

