domingo, julio 26, 2026

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La jefatura de Gabinete podrá realizar contrataciones y asignar los montos para la selección

El Gobierno Nacional autorizó a la jefatura de Gabinete, liderada por Marcos Peña, a realizar contrataciones en la administración  pública y a readecuar la cantidad de módulos asignados (sueldo), para la determinación de los procedimientos de selección. La medida fue publicada hoy en el Boletín Oficial, mediante el Decreto 963/2018.

Esta normativa se basa en el Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001 y sus modificatorios y complementarios, en el que el Poder Ejecutivo Nacional instituyó el Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional. 

“En los procedimientos de selección que se realicen por la modalidad acuerdo marco la autoridad con competencia para dictar los actos administrativos enumerados en los incisos a), b), c), f) y h) del presente artículo será la máxima autoridad de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y para dictar los actos administrativos enumerados en los incisos d), e) y g) será el señor Secretario de Gobierno de Modernización.”, aclara el texto oficial.

De esta manera, se estableció que cuando el monto estimado del contrato sea el parámetro que se utilice para elegir el procedimiento de selección, se deberá considerar el importe total en que se estimen las adjudicaciones, incluidas las opciones de prórroga previstas y se aplicará la escala compulsa abreviada del apartado 1 del inciso d) del artículo 25 del Decreto N° 1023/01 y sus modificatorios y complementarios hasta mil módulos; licitación privada o concurso privado hasta cinco mil módulos y licitación pública o concurso público más de cinco mil módulos.

Asimismo, el Jefe de Gabinete de Ministros, los señores Ministros, y los funcionarios con rango y categoría de Ministros/as, dentro de sus jurisdicciones, y las máximas autoridades de los organismos descentralizados del Poder Ejecutivo Nacional, dentro de esas entidades, determinarán quiénes son los funcionarios de “nivel equivalente” referidos en el presente artículo.

De todos modos, la aprobación de los gastos imputables a designación de personal, retribución del cargo y otros actos que determinen la modificación de sus remuneraciones, otros gastos de personal, retribuciones que no hacen al cargo, complementos, beneficios y compensaciones, servicios técnicos y profesionales, publicidad y propaganda, pasajes (fuera del país), viáticos (fuera del país), obras de arte, activos intangibles, equipos Varios, transferencias (excepto gastos correspondientes a la Partida Parcial “Ayudas Sociales a Personas”) y  Activos financieros, serán competencia exclusiva del Jefe de Gabinete de Ministros, de los Ministros, de los funcionarios con rango y categoría de Ministros, de los Secretarios de Gobierno, de los Secretarios ministeriales, de los Secretarios.

Fuente: https://www.elintransigente.com/politica/2018/10/29/la-jefatura-de-gabinete-podra-realizar-contrataciones-asignar-los-montos-para-la-seleccion-520038.html


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