Según indica la ley 27.073, la primera cuota se debe pagar antes del 30 de junio. A los beneficiarios de las AUH no les corresponde medio aguinaldo.
Las empresas deben pagar antes del 30 de junio y antes del 18 de diciembre las dos cuotas del aguinaldo, aunque cuentan con hasta 4 días hábiles de retraso, principalmente para sectores en el que el componente salarial es muy volátil (por horas extra, comisiones o jornales) y se necesita esperar hasta fin de mes para tener la información completa y liquidar el salario complementario correctamente. Los plazos son estipulados por la ley 27.073.
Para calcularlo, se toman en cuenta los salarios de enero a junio, incluyendo el sueldo básico, las horas extras y otros plus que se hayan percibido. De esos seis montos, se considera el mayor y se divide en dos, el 50% se paga a fin de junio, y el resto en diciembre. Cabe aclarar que los pagos retroactivos no se suman al mes en el que se abonan, sino a los meses en los que correspondería ese pago.
En medio de la fuerte crisis económica, el Gobierno informó a los sindicatos estatales que pagará en cuotas el aguinaldo de los trabajadores del sector público nacional con salarios más altos, mecanismo que quizás serviría de caso testigo para las negociaciones de provincias y municipios con el resto de los empleados en todo el país.
Según confirmó el diario La Nación, el tope para cobrar el medio aguinaldo completo con el sueldo de junio serán $80.000 brutos. Esto quiere decir que el máximo de medio aguinaldo a cobrar será de $40.000. Por encima del tope, se pagará el resto en cuotas
Fuente: https://tucuman.telefe.com/economia/aguinaldo-como-se-calcula-y-cuando-se-cobra/

