Se estima que AFIP aplicará estos parámetros en la categorización del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) para el año 2024.
En las últimas semanas, Anses publicó una resolución en la cual se dio a conocer el valor de la movilidad jubilatoria de diciembre. En el escrito se establece que el mismo tendrá un aumento del 20,87%, por lo tanto, el haber mínimo jubilatorio será de $105.712,61. Siguiendo el mismo esquema, se estima que AFIP aplicará estos parámetros en la categorización del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) para el año 2024.
Desde el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA) realizaron una estimación que resalta cómo impactaría en la recategorización del monotributo.
Los importes correspondientes a precio unitario de venta y alquileres devengados se ajustarán por el coeficiente 2,11 resultante de comparar los períodos diciembre 2022 y diciembre 2023. Por su parte, los ingresos brutos devengados se ajustarían por 1,49 índice semestral resultante de los períodos junio 2023 y diciembre 2023.
Si bien el artículo 52 de la Ley de Monotributo prevé la actualización anual, el Alivio Fiscal dispuesto en la Ley 27.676 facultó al Poder Ejecutivo a practicar adecuaciones semestralmente.
Por otra parte, los importes a ingresar en concepto de impuesto integrado y aportes de la Seguridad Social se estiman según el siguiente cuadro: