El Gobierno convirtió en ley la reforma previsional en medio de un clima complejo.El ajuste pasa a ser trimestral. Cuáles son los cambios en la fórmula de movilidad y la edad jubilatoria.
- Nueva fórmula de movilidad
Cambia la fórmula de movilidad que alcanza a más de 17 millones de personas, entre jubilados, pensionados, pensiones no contributivas, beneficiarios de asignaciones familiares y AUH.
En lugar del ajuste semestral, en base 50% a la evolución de los salarios y 50% de la recaudación, que se utiliza actualmente; se utilizará otro conformado 70% por la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC y 30% restante por la variación del RIPTE, un indicador del Ministerio de Trabajo que mide la evolución del salario de los estatales.
Esto lleva a que en el inicio del cambio de fórmula, hay una merma en los haberes y un retraso de hasta 6 meses en el ajuste de los beneficios. Para 2018 se calcula un “ahorro” para el Estado de casi $ 100.000 millones.
- Un aumento menos en marzo
Con la fórmula actual, por ejemplo, a un salario de $ 10.000 le correspondería un aumento aproximadamente de $ 1.200 en marzo de 2018. En cambio, con el proyecto oficial, el aumento sería de sólo 570 pesos.
La quita de $ 630 sobre $ 1.200 (52,5%) es el punto de partida para lo que los abogados constitucionalistas califican como «aplicación retroactiva» que, en su opinión, daría lugar a muchos juicios de “inconstitucionalidad”.
- El 82% móvil
La garantía del 82% móvil se aplicará a quienes al momento de la jubilación hayan reunido 30 años de aportes efectivos. Actualmente esa relación es del 81,8%, por cuanto el haber mínimo es de $ 7.246 y el salario mínimo de $ 8.860. Así, cada vez que aumente el salario mínimo, si la jubilación mínima es inferior al 82%, la Anses ajustará los haberes de los alcanzados por esta garantía.
Quedan excluidos los que se jubilaron por moratoria y a quienes no les correspondió el beneficio de la PBU ( Prestación Básica Universal). De aquí se infiere que quedan fuera de esta garantía las jubilaciones por invalidez de trabajadores que estaban activos y las pensiones por fallecimiento del trabajadores que estaban en actividad que no se calculan en base a la PBU. También los que se jubilaron con más de 65 años, compensando años de aportes.
- Jubilación voluntaria
Los trabajadores en relación de dependencia del sector privado podrán optar por jubilarse a los 70 años, y recién entonces los empleadores podrán intimarlos a que inicien el trámite del retiro jubilatorio. Los estatales quedan excluidos.
Las mujeres hoy tienen la opción de jubilarse a partir de los 60, con 30 años de aportes, y pasa a ser obligatorio a los 65. Si se aprueba el proyecto, podrán jubilarse entre los 60 y 70. Y los varones la opción rige entre los 65 y los 70 años.

