El Gobierno Nacional aprobó la modificación del Reglamento General del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda para la Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios, transferidos a provincias, municipios y otros entes.
De esta manera, se facultó a las Secretarías de Vivienda, Infraestructura Urbana, Infraestructura y Política Hídrica, Planificación Territorial y Coordinación de Obra Pública y a las Secretarías de provincias y municipios, todas dependientes del Ministerio del Interior, Obras públicas y Vivienda a dictar las normas procedimentales que resulten necesarias para la aplicación del Reglamento.
Esta medida, se basa en el Decreto N° 892/95, en el que se diseñó un mecanismo tendiente a garantizar un sistema de relaciones financieras entre el Estado Nacional y los Estados Provinciales, para el uso eficiente de los recursos asignados al cumplimiento de programas o acciones de carácter social, sobre la base de cuentas separadas, intangibilidad de fondos específicos y apertura de cuentas corrientes en el Banco Central de la Nación Argentina.
Asimismo, por el artículo 1° del Decreto N° 225/07, se dispuso que cada jurisdicción o entidad dependiente del Poder Ejecutivo Nacional, cuyos presupuestos incluyan créditos destinados a la atención de programas o acciones de carácter social que se ejecuten en el marco de convenios bilaterales que prevean la obligación de rendir cuentas a suscribirse con las Provincias y Municipios, dictará un reglamento que regule la rendición de los fondos presupuestarios transferidos, al que deberán ajustarse dichos acuerdos.
De esta manera, el Gobierno aprobó el nuevo Reglamento, que regirá para el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda en relación a la rendición de cuentas de fondos transferidos a municipios y provincias.
Fuente: https://www.elintransigente.com/politica/2018/9/13/mayor-control-al-ministerio-del-interior-en-el-traspaso-de-fondos-provincias-municipios-511254.html